Sobre el Matrimonio…
En las sociedades actuales, a medida que van avanzando las tecnologías, se van dibujando nuevos horizontes para la experiencia humana. Los progresos que se desarrollan constantemente tanto en las ciencias naturales como en las sociales van ampliando las formas de re-significar la vida. Es así que lo humano se vivencia desde nuevas y diversas maneras, ampliando las posibilidades de entender la realidad como también de vivir la subjetividad misma cuestionando y relativizando lo socialmente impuesto.
Desde aquí, las prácticas que se tejen en sociedad se van modificando, existiendo por ejemplo, transformaciones en la concepción de matrimonio y familia. En tiempos anteriores, lo que se entendía por matrimonio estaba determinado por la tradición judeo – cristiana, que concibe la unión marital como un vínculo posible exclusivamente entre un hombre y una mujer, siendo una de sus principales funciones la reproducción y propagación la especie humana. Asimismo, el término familia hacía alusión a una institución constituida por un padre y una madre – unidos en matrimonio – y sus hijos. Es de esta manera cómo anteriormente, en la familia tradicional, confluían elementos como: la heterosexualidad, la sexualidad entendida desde un paradigma de la reproducción y el engendramiento, el matrimonio, la filiación (la asignación de una mujer y de un hombre a un hijo/a en calidad de madre y padre), y la residencia en un mismo hogar.
Sin embargo, debido a los avances tecnológicos y a los grandes cambios sociales en cuanto a las funciones que le corresponden a un hombre y a una mujer, se ha pasado de comprender el matrimonio como una unión con énfasis en lo económico y religioso, a una relación centrada en la pareja, nutrida desde una concepción romántica en lo que respecta a la unión, lo que a su vez, ha derivado a poner el foco central en el bienestar individual del sujeto al estar en pareja. Asimismo, se han ido generando modificaciones en las formas de entender la familia, existiendo alternativas a lo que antes era tradicionalmente aceptable, como por ejemplo familias con padres divorciados, familias ensambladas, monoparentales, homo-parentales.
Es un hecho que en la sociedad chilena ha existido en los últimos años modificaciones en las maneras de concebir los vínculos, ampliando los espacios y las posibilidades de pensar lo anteriormente mencionado. En este contexto, se han generado diversas instancias donde diversos actores sociales manifiestan y exigen el reconocimiento de sus derechos. Así, se ha hecho necesario legislar y asegurar los derechos correspondientes a cada persona. Desde aquí se vuelve relevante el proyecto de Ley de Unión Civil, el cual es concebido como “un contrato celebrado por dos personas naturales, de sexo diferente o del mismo sexo, para organizar su vida en común. Esta ley, pretende reordenar jurídicamente los derechos y deberes de los sujetos en pareja, incluyendo a las personas del mismo sexo, a quienes se les dará la posibilidad de optar a una institución que otorgue los resguardos similares a la del matrimonio. La importancia de este proyecto de ley tiene que ver con que el Estado reconozca la existencia de nuevas formas de hacer familia o de hacer parejas en la sociedad, una instancia de reconocimiento social que permita aminorar la exclusión o discriminación.
Sin embargo, este proyecto no es del todo igual al matrimonio. En este caso, los propios contrayentes regulan sus responsabilidades y deberes en la unión, sin modificar el concepto de matrimonio que establece el código civil chileno, donde se circunscribe a un contrato solemne entre un hombre y una mujer. Surge así la pregunta sobre la igualdad; ¿cómo concebir a los sujetos en igualdad cuando las condiciones cuando las condiciones que la sociedad les ha otorgado son diferentes?, ¿Qué determina a un sujeto y su posibilidad de formar una familia reconocida por la ley?. Pareciera ser que la respuesta depende del contexto cultural en el que se inserte el sujeto y el grado de aceptación a lo distinto que tenga dicho contexto.
A la fecha, varios países han legitimizado el matrimonio homosexual. Argentina se transformó en el primer país de América Latina, Holanda el primero a nivel mundial. Le siguen sus pasos Bélgica, España, Canadá, Sudáfrica, Noruega, Islandia, Portugal, Suecia, los distritos de Estados Unidos: Massachusetts, Connecticut, Iowa, Vermont, New Hampshire y Washington, D.C., y en una jurisdicción de México: el Distrito Federal.
Si bien Chile no ha llegado a la legalización de matrimonio homosexual, la creación de la Ley de Unión Civil es un paso hacia la igualdad. ¿Qué permitió este avance?, no se sabe a ciencia cierta. Sin embargo, permite re pensar al sujeto y sus posibilidades de desarrollo, sus deberes y derechos, y replantear el lugar de la sexualidad en nuestra sociedad.
Carolina Arizcain
Johanna Guiloff
Eduardo López
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